Portada Noticias Eventos Panel Panel en la PUCMM analiza el impacto del nuevo Código Penal dominicano

Panel en la PUCMM analiza el impacto del nuevo Código Penal dominicano

Panel en la PUCMM analiza el impacto del nuevo Código Penal dominicano

Santo Domingo, R.D.-La Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) realizó el panel “Nuevo código penal dominicano: su implementación en perspectiva y la necesidad de una reforma procesal penal”, un espacio de reflexión sobre los desafíos y oportunidades que plantea la normativa.

El encuentro contó con la participación del magistrado Rafael Armnstrong Báez, juez miembro de la Corte Penal del Distrito Nacional; el doctor Miguel Valerio, socio fundador de VJR Abogados y profesor de la PUCMM; la doctora María del Pilar Zuleta; el doctor Rodolfo Valentín, director general de la Oficina Nacional de Defensa Pública, y el abogado Eduardo Núñez Vásquez, director de Nuva Oficina de Abogados y profesor de la PUCMM. La moderación estuvo a cargo del abogado Francisco Álvarez Martínez, socio fundador de FABOGADOS y profesor de esta universidad.

Los expertos debatieron sobre la entrada en vigor del nuevo Código Penal, destacando los retos que enfrenta el sistema de justicia y la necesidad de una reforma procesal penal que permita una aplicación más efectiva y garantista de la ley.

Francisco Álvarez Martínez destacó que, aunque la ley ya ha sido promulgada, muchas personas aún no perciben los cambios significativos que implica. “No solamente se trata de tipos penales novedosos, algunos repensados, otros quizás influenciados por el populismo penal o por la idiosincrasia dominicana, y algunos importados de experiencias en otros países, cuya efectividad aquí aún es incierta”.

Álvarez Martínez también adelantó que podría promulgarse una ley especial que otorgue más tiempo para su implementación, ya que considera que un año no sería suficiente para adaptarse a los cambios radicales que trae la norma, especialmente en lo relacionado con su cumplimiento.

El magistrado Armstrong Báez explicó que el nuevo código sustituye un cuerpo legal centenario e introduce transformaciones sustanciales para la judicatura, el Ministerio Público, la abogacía y la comunidad jurídica en general. Entre las novedades, destacó la incorporación formal de la teoría del delito con un enfoque analítico, la definición clara de autoría y complicidad bajo el concepto unitario del autor, y la inclusión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, que no existía en el régimen anterior.

El magistrado agregó que también se modifica la clasificación de las penas, ahora divididas en muy graves, graves y leves, que incluyen sanciones privativas de libertad, restrictivas de derechos, pecuniarias y la nueva medida de seguimiento socio-judicial, destinada a acompañar a la persona condenada tras cumplir su sentencia.

Uno de los puntos más debatidos es el aumento de las penas privativas de libertad, que ahora podrán alcanzar hasta 40 años de prisión, además de la introducción de la regla del cúmulo de penas, que permite sumar condenas hasta un máximo de 60 años. “El aumento de las penas ha causado revuelo; muchos lo consideran un avance, mientras otros lo ven como un reflejo del populismo penal. La acumulación de condenas podría incluso superar la expectativa de vida de una persona joven condenada, lo que plantea interrogantes sobre la proporcionalidad y la finalidad de resocialización de la pena”.

La doctora María del Pilar Zuleta calificó el nuevo código como una “gran conquista” para el país, aunque advirtió que contiene disposiciones que podrían entrar en conflicto con la Constitución.

Asimismo, se refirió a las infracciones culposas relacionadas con accidentes laborales, al considerar que ya están reguladas por instancias como el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idopril), y no deberían convertirse en delitos. Recordó que, de acuerdo con la sentencia TC 03/72-2019, la ley debe cumplir con el principio de Lex Certa, es decir, delimitar claramente las conductas prohibidas.

La jurista también advirtió sobre la tipificación de delitos como la aplicación de sustancias químicas o la difusión de imágenes sin consentimiento, al considerar que carecen de precisión y pueden criminalizar situaciones no dañinas. Igualmente, criticó el artículo que sanciona las operaciones comerciales con menores de edad, por entender que resulta desproporcionado y contradice la libertad de empresa garantizada en la Constitución.

Zuleta también hizo referencia a los delitos de malversación de fondos públicos y corrupción pública, los cuales consideró redundantes. “La corrupción pública recoge exactamente lo mismo que dice la malversación y, por lo tanto, es evidente que la malversación debe desaparecer”.

El doctor Rodolfo Valentín sostuvo que, aunque el nuevo código era necesario, constituye un retroceso en materia de derechos humanos. Consideró que mantiene un enfoque excesivamente punitivo, sin atender las condiciones estructurales de inseguridad ni la situación de hacinamiento carcelario del país. “Un código penal no va a resolver la inseguridad ciudadana en República Dominicana. Creer que aumentar las penas reducirá la criminalidad es un error del Congreso”, afirmó.

El jurista criticó que el Código se haya elaborado sin estudios sociales profundos que expliquen las causas de la criminalidad en el país, y advirtió que el espíritu del legislador parece haber sido responsabilizar al texto jurídico de la reducción de la delincuencia. “Un código penal no va a resolver la inseguridad ciudadana en República Dominicana. Creer que aumentar las penas reducirá la criminalidad es un error del Congreso”.

Asimismo, explicó que aunque el código introduce nuevas figuras delictivas y organiza disposiciones dispersas, en esencia repite gran parte del texto de la Ley 550-14, anulada en 2014, y mantiene la imposición de penas que en la práctica equivalen a cadena perpetua. “Un joven condenado a 60 años en una cárcel dominicana solo tiene dos salidas: muerto o enajenado mental”.

El profesor Miguel Valerio destacó la innovación que representa la medida de seguimiento socio-judicial, al introducir un enfoque victimológico en el derecho penal dominicano. Explicó que este nuevo mecanismo desplaza el análisis tradicional desde la perspectiva del delincuente hacia la de la víctima, lo que abre un campo de estudio y debate académico. “La medida de seguimiento socio-judicial no la podemos analizar en el marco de la teoría del delito, sino desde una perspectiva victimológica, como la ciencia que mi maestro Jesús Silva Sánchez denominó la víctima dogmática”.

Valerio reconoció que este nuevo concepto todavía genera interrogantes incluso entre los juristas, lo que impulsa a un mayor estudio y debate académico. “Yo no sé a ciencia cierta qué son las medidas de seguimiento socio-judicial. Y eso es bueno, porque nos obliga a investigar y reflexionar sobre su alcance”.

Eduardo Núñez criticó la aprobación del código al considerar que carece de verdadera modernidad y adopta modelos jurídicos inadecuados para el país. Señaló que muchos de los conceptos presentados como innovadores se remontan a debates de los años sesenta y lamentó que no se impulsara de manera conjunta la reforma procesal penal, lo que habría permitido mayor coherencia en el marco jurídico.

Núñez señaló que el discurso sobre la supuesta modernidad del código es una “vulgar mentira”, recordando que muchos de los conceptos que se presentan como innovadores datan de discusiones de la década de 1960. Asimismo, cuestionó la implementación de programas de cumplimiento sin tomar en cuenta las experiencias internacionales en países como Australia, Estados Unidos, Italia, Chile y España. En ese sentido, explicó que el modelo adoptado en República Dominicana implica una valoración judicial de los programas de cumplimiento, mientras que en sistemas como el estadounidense estos surgen de investigaciones o acuerdos extrajudiciales.

El jurista también lamentó que se haya desaprovechado la oportunidad de impulsar de manera conjunta la reforma procesal penal y la penal sustantiva, tras la decisión del Tribunal Constitucional que deroga la Ley 10-15. “Hubiera sido ideal contar con ambos cuerpos legales al mismo tiempo, hablando un mismo lenguaje jurídico, lo que facilitaría la labor jurisdiccional”, precisó.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio
Share via
Copy link